Asambleas virtuales y mixtas en propiedad horizontal: cómo hacerlas bien
Las asambleas no presenciales llegaron para quedarse: suben la participación y bajan los costos. Pero exigen el mismo rigor de quórum, votación y acta que las presenciales.
Sí, son válidas
La normatividad colombiana permite reuniones no presenciales y mixtas de los órganos de administración, siempre que se garantice la identificación de los participantes, la deliberación y la votación. El reglamento de la copropiedad puede detallar el mecanismo.
El quórum se cuenta igual
Presencial o virtual, el quórum se verifica por coeficientes de copropiedad. Registra quién está conectado, con qué unidad y con qué poderes, desde el inicio y en cada votación.
La votación debe ser verificable
Cada decisión necesita un resultado auditable: quién votó, en qué sentido y con qué coeficiente. Una plataforma de votación deja el rastro; el chat de la videollamada, no.
El acta no cambia
Se levanta igual que en una asamblea presencial: quórum, orden del día, desarrollo, votaciones y firmas de presidente y secretario. Adjunta el registro de asistencia digital.
Consejos prácticos
Envía la convocatoria con el enlace y las instrucciones con la antelación debida; haz una prueba de conexión previa para los menos digitales; y ten un plan B (teléfono) para las votaciones si alguien pierde conexión.
En resumen
Administrar una copropiedad en Colombia es, sobre todo, un ejercicio de orden: finanzas al día, comunicación clara y cumplimiento de la Ley 675. Las herramientas digitales no reemplazan el criterio del administrador ni del consejo, pero sí eliminan el trabajo repetitivo y reducen los errores, dejando tiempo para lo que de verdad importa: cuidar el conjunto y a su comunidad.
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