Interés de mora en propiedad horizontal — agosto de 2020
Para las cuotas de administración vencidas en agosto de 2020, el tope legal es 2,040% mensual (27,435% efectivo anual).
Certificado por la Superintendencia Financiera mediante la Resolución 685 del 2020-07-31, con vigencia del 2020-08-01 al 2020-08-31.
Ejemplo de liquidación
Una cuota de $300.000 vencida en agosto de 2020 y pagada tres meses tarde genera 18.360 pesos de interés: 300.000 × 2,040% × 3.
Se liquida como interés simple sobre el capital, sin capitalizar. Si la deuda abarca varios meses, cada cuota se liquida con la tasa del mes en que se venció. Calculadora completa →
Por qué ese tope
El artículo 30 de la Ley 675 de 2001 fija que los intereses de mora por expensas no pueden exceder de una y media veces el interés bancario corriente. Con un IBC de 18,29% para agosto de 2020, el techo queda en 27,435% efectivo anual. La asamblea puede acordar una tasa menor; nunca una mayor.
HolaJuntos aplica a cada unidad la tasa del mes que corresponde y genera el estado de cuenta.
Probar gratisDato oficial de la Superintendencia Financiera publicado en datos.gov.co. Con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.