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📈 Resolución 823

Interés de mora en propiedad horizontal — junio de 2026

Para las cuotas de administración vencidas en junio de 2026, el tope legal es 2,130% mensual (28,785% efectivo anual).

2,130%mensual — tope de mora
28,785%efectivo anual (1,5 × IBC)
19,19%interés bancario corriente

Certificado por la Superintendencia Financiera mediante la Resolución 823 del 2026-05-29, con vigencia del 2026-06-01 al 2026-06-30.

Ejemplo de liquidación

Una cuota de $300.000 vencida en junio de 2026 y pagada tres meses tarde genera 19.170 pesos de interés: 300.000 × 2,130% × 3.

Se liquida como interés simple sobre el capital, sin capitalizar. Si la deuda abarca varios meses, cada cuota se liquida con la tasa del mes en que se venció. Calculadora completa →

Por qué ese tope

El artículo 30 de la Ley 675 de 2001 fija que los intereses de mora por expensas no pueden exceder de una y media veces el interés bancario corriente. Con un IBC de 19,19% para junio de 2026, el techo queda en 28,785% efectivo anual. La asamblea puede acordar una tasa menor; nunca una mayor.

HolaJuntos aplica a cada unidad la tasa del mes que corresponde y genera el estado de cuenta.

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Dato oficial de la Superintendencia Financiera publicado en datos.gov.co. Con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.