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⚖️ Ley 675 de 2001 · Capítulo III

Artículo 73: Reformas arquitectónicas y estéticas

Título III — Unidades inmobiliarias cerradas · Capítulo III — Integración municipal

Texto oficial

La adopción o reforma de los cánones arquitectónicos y estéticos originales en las fachadas, zonas exteriores y de uso común, de las Unidades Inmobiliarias Cerradas será decidida por la respectiva Asamblea de copropietarios y posteriormente se someterá a la aprobación de autoridad competente.

Capítulo III — Integración municipal

Cumplir la Ley 675 es más fácil cuando el conjunto tiene sus cuentas, sus actas y sus comunicaciones en un solo lugar.

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Texto tomado del Diario Oficial 44.509 del 4 de agosto de 2001. Esta página reproduce la norma con fines informativos y no constituye asesoría jurídica.