Contrato de administración de propiedad horizontal
El administrador es representante legal de la persona jurídica, así que el contrato debe dejar claras sus funciones, sus límites y cómo entrega el cargo. Esta minuta parte de las funciones del artículo 51 de la Ley 675 y añade lo que en la práctica genera conflictos: manejo de dineros, informes y devolución de archivos.
Qué incluye
- Partes, objeto y calidad de representante legal
- Funciones mínimas del artículo 51 de la Ley 675
- Honorarios, forma de pago y reajuste anual
- Duración, prórroga y causales de terminación
- Manejo de cuentas, pólizas e informes al consejo
- Obligación de entrega del cargo y del archivo
Plantilla
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL Entre los suscritos: CONJUNTO/EDIFICIO ____________________, persona jurídica del régimen de propiedad horizontal, NIT ____________, representada por el presidente del consejo de administración ____________________, c.c. ____________ (LA COPROPIEDAD), y ____________________, c.c./NIT ____________ (EL ADMINISTRADOR), se celebra el presente contrato: PRIMERA. OBJETO. EL ADMINISTRADOR prestará los servicios de administración de LA COPROPIEDAD y ejercerá su representación legal, conforme a la Ley 675 de 2001 y al reglamento de propiedad horizontal. SEGUNDA. FUNCIONES. Además de las señaladas en el artículo 51 de la Ley 675 y en el reglamento, EL ADMINISTRADOR se obliga a: 1. Convocar a la asamblea general en los términos de ley y del reglamento. 2. Llevar la contabilidad de LA COPROPIEDAD conforme a las normas vigentes. 3. Recaudar las expensas comunes y adelantar el cobro de la cartera morosa. 4. Administrar el fondo de imprevistos, que no podrá destinarse a otro fin. 5. Custodiar el archivo, las actas y los soportes contables. 6. Presentar al consejo de administración informe [mensual/trimestral] de gestión, cartera y ejecución presupuestal. 7. Contratar y supervisar al personal y a los proveedores autorizados. TERCERA. LÍMITES. EL ADMINISTRADOR requerirá autorización previa y escrita del consejo de administración para comprometer sumas superiores a $__________ o para celebrar contratos con duración mayor a ____ meses. CUARTA. HONORARIOS. LA COPROPIEDAD pagará $__________ mensuales, dentro de los primeros ____ días de cada mes, previa presentación de la cuenta de cobro. Los honorarios se reajustarán anualmente en [el IPC del año anterior / lo que apruebe la asamblea]. QUINTA. MANEJO DE DINEROS. Los recursos de LA COPROPIEDAD se manejarán en cuentas a nombre de la persona jurídica, con NIT de LA COPROPIEDAD, y en ningún caso en cuentas personales de EL ADMINISTRADOR. SEXTA. PÓLIZAS. EL ADMINISTRADOR constituirá póliza de manejo por $__________ con vigencia igual a la del contrato y ____ meses más. SÉPTIMA. DURACIÓN. Del __/__/____ al __/__/____, prorrogable por acuerdo escrito. Cualquiera de las partes podrá terminarlo dando aviso con ____ días de antelación. OCTAVA. ENTREGA DEL CARGO. Al terminar el contrato por cualquier causa, EL ADMINISTRADOR entregará dentro de los ____ días siguientes, mediante acta: archivo físico y digital, libros y actas, estados financieros a la fecha, relación de cartera unidad por unidad, inventario de bienes comunes, claves de acceso, contratos vigentes y saldos de las cuentas. NOVENA. INDEPENDENCIA. El presente contrato no genera relación laboral. Para constancia se firma en ____________, el __/__/____. _______________________ _______________________ LA COPROPIEDAD EL ADMINISTRADOR Presidente del consejo c.c./NIT
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