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📈 Resolución 2620

Interés de mora en propiedad horizontal — enero de 2025

Para las cuotas de administración vencidas en enero de 2025, el tope legal es 1,869% mensual (24,885% efectivo anual).

1,869%mensual — tope de mora
24,885%efectivo anual (1,5 × IBC)
16,59%interés bancario corriente

Certificado por la Superintendencia Financiera mediante la Resolución 2620 del 2024-12-27, con vigencia del 2025-01-01 al 2025-01-31.

Ejemplo de liquidación

Una cuota de $300.000 vencida en enero de 2025 y pagada tres meses tarde genera 16.821 pesos de interés: 300.000 × 1,869% × 3.

Se liquida como interés simple sobre el capital, sin capitalizar. Si la deuda abarca varios meses, cada cuota se liquida con la tasa del mes en que se venció. Calculadora completa →

Por qué ese tope

El artículo 30 de la Ley 675 de 2001 fija que los intereses de mora por expensas no pueden exceder de una y media veces el interés bancario corriente. Con un IBC de 16,59% para enero de 2025, el techo queda en 24,885% efectivo anual. La asamblea puede acordar una tasa menor; nunca una mayor.

HolaJuntos aplica a cada unidad la tasa del mes que corresponde y genera el estado de cuenta.

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Dato oficial de la Superintendencia Financiera publicado en datos.gov.co. Con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.