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📈 Resolución 138

Interés de mora en propiedad horizontal — febrero de 2025

Para las cuotas de administración vencidas en febrero de 2025, el tope legal es 1,964% mensual (26,295% efectivo anual).

1,964%mensual — tope de mora
26,295%efectivo anual (1,5 × IBC)
17,53%interés bancario corriente

Certificado por la Superintendencia Financiera mediante la Resolución 138 del 2025-01-30, con vigencia del 2025-02-01 al 2025-02-28.

Ejemplo de liquidación

Una cuota de $300.000 vencida en febrero de 2025 y pagada tres meses tarde genera 17.676 pesos de interés: 300.000 × 1,964% × 3.

Se liquida como interés simple sobre el capital, sin capitalizar. Si la deuda abarca varios meses, cada cuota se liquida con la tasa del mes en que se venció. Calculadora completa →

Por qué ese tope

El artículo 30 de la Ley 675 de 2001 fija que los intereses de mora por expensas no pueden exceder de una y media veces el interés bancario corriente. Con un IBC de 17,53% para febrero de 2025, el techo queda en 26,295% efectivo anual. La asamblea puede acordar una tasa menor; nunca una mayor.

HolaJuntos aplica a cada unidad la tasa del mes que corresponde y genera el estado de cuenta.

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Dato oficial de la Superintendencia Financiera publicado en datos.gov.co. Con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.