Artículo 2: Objetivos específicos
Libro I — Disposiciones generales · Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
Texto oficial
Con el fin de mantener las condiciones necesarias para la convivencia en el territorio nacional, los objetivos específicos de este Código son los siguientes:
1. Propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo público.
2. Promover el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos correlativos de la personalidad humana.
3. Promover el uso de mecanismos alternativos, o comunitarios, para la conciliación y solución pacífica de desacuerdos entre particulares.
4. Definir comportamientos, medidas, medios y procedimientos de Policía.
5. Establecer la competencia de las autoridades de Policía en el orden nacional, departamental, distrital y municipal, con observancia del principio de autonomía territorial.
6. Establecer un procedimiento respetuoso del debido proceso, idóneo, inmediato, expedito y eficaz para la atención oportuna de los comportamientos relacionados con la convivencia en el territorio nacional.
Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
- Artículo 1: Objeto
- Artículo 3: Ámbito de aplicación del derecho de policía
- Artículo 4: Autonomía del acto y del procedimiento de policía
- Artículo 5: Definición
- Artículo 6: Categorías jurídicas
- Artículo 7: Finalidades de la convivencia
- Artículo 8: Principios
- Artículo 9: Ejercicio de la libertad y de los derechos de los asociados
- Artículo 10: Deberes de las autoridades de policía
En una copropiedad, hacer cumplir estas normas empieza por dejar constancia: quién reportó, cuándo, y qué se respondió.
Probar HolaJuntos gratisVer el código completoTexto tomado del Diario Oficial 49.949 del 29 de julio de 2016. Reproducido con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.