Artículo 6: Categorías jurídicas
Libro I — Disposiciones generales · Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
Texto oficial
Las categorías de convivencia son: seguridad, tranquilidad, ambiente y salud pública, y su alcance es el siguiente:
1. Seguridad: Garantizar la protección de los derechos y libertades constitucionales y legales de las personas en el territorio nacional.
2. Tranquilidad: Lograr que las personas ejerzan sus derechos y libertades, sin abusar de los mismos, y con plena observancia de los derechos ajenos.
3. Ambiente: Favorecer la protección de los recursos naturales, el patrimonio ecológico, el goce y la relación sostenible con el ambiente.
4. Salud Pública: Es la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud como un derecho esencial, individual, colectivo y comunitario logrado en función de las condiciones de bienestar y calidad de vida.
Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
- Artículo 1: Objeto
- Artículo 2: Objetivos específicos
- Artículo 3: Ámbito de aplicación del derecho de policía
- Artículo 4: Autonomía del acto y del procedimiento de policía
- Artículo 5: Definición
- Artículo 7: Finalidades de la convivencia
- Artículo 8: Principios
- Artículo 9: Ejercicio de la libertad y de los derechos de los asociados
- Artículo 10: Deberes de las autoridades de policía
En una copropiedad, hacer cumplir estas normas empieza por dejar constancia: quién reportó, cuándo, y qué se respondió.
Probar HolaJuntos gratisVer el código completoTexto tomado del Diario Oficial 49.949 del 29 de julio de 2016. Reproducido con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.