Artículo 7: Finalidades de la convivencia
Libro I — Disposiciones generales · Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
Texto oficial
Son fines esenciales de las normas de convivencia social previstas en este Código:
1. Que el ejercicio de los derechos y libertades sean garantizados y respetados en el marco de la Constitución y la ley.
2. El cumplimiento de los deberes contenidos en la Constitución, la ley y las normas que regulan la convivencia.
3. El respeto por las diferencias y la aceptación de ellas.
4. La resolución pacífica de los desacuerdos que afecten la convivencia.
5. La convergencia de los intereses personales y generales para promover un desarrollo armónico.
6. prevalencia de los valores sociales de solidaridad, tolerancia, responsabilidad, honradez, respeto, bondad, libertad, justicia, igualdad, fraternidad, lealtad, prudencia y paz.
Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
- Artículo 1: Objeto
- Artículo 2: Objetivos específicos
- Artículo 3: Ámbito de aplicación del derecho de policía
- Artículo 4: Autonomía del acto y del procedimiento de policía
- Artículo 5: Definición
- Artículo 6: Categorías jurídicas
- Artículo 8: Principios
- Artículo 9: Ejercicio de la libertad y de los derechos de los asociados
- Artículo 10: Deberes de las autoridades de policía
En una copropiedad, hacer cumplir estas normas empieza por dejar constancia: quién reportó, cuándo, y qué se respondió.
Probar HolaJuntos gratisVer el código completoTexto tomado del Diario Oficial 49.949 del 29 de julio de 2016. Reproducido con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.