Artículo 3: Ámbito de aplicación del derecho de policía
Libro I — Disposiciones generales · Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
Texto oficial
El derecho de Policía se aplicará a todas las personas naturales o jurídicas, de conformidad con este Código.
Las autoridades de Policía sujetarán sus actuaciones al procedimiento único de Policía, sin perjuicio de las competencias que les asistan en procedimientos regulados por leyes especiales.
Título I — Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía bases de la convivencia
- Artículo 1: Objeto
- Artículo 2: Objetivos específicos
- Artículo 4: Autonomía del acto y del procedimiento de policía
- Artículo 5: Definición
- Artículo 6: Categorías jurídicas
- Artículo 7: Finalidades de la convivencia
- Artículo 8: Principios
- Artículo 9: Ejercicio de la libertad y de los derechos de los asociados
- Artículo 10: Deberes de las autoridades de policía
En una copropiedad, hacer cumplir estas normas empieza por dejar constancia: quién reportó, cuándo, y qué se respondió.
Probar HolaJuntos gratisVer el código completoTexto tomado del Diario Oficial 49.949 del 29 de julio de 2016. Reproducido con fines informativos; no constituye asesoría jurídica.