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❓ Preguntas frecuentes · Ley 675

¿Pueden reportarme a Datacrédito por no pagar la administración?

Sí es posible, pero solo si el propietario autorizó el tratamiento de sus datos para ese fin y la copropiedad cumple los requisitos de la ley de habeas data, incluido el aviso previo antes de reportar la mora.

El reporte a centrales de riesgo como Datacrédito o TransUnion está regulado por la ley de habeas data financiera (Ley 1266 de 2008) y por la normativa general de protección de datos personales (Ley 1581 de 2012). Para que una copropiedad pueda reportar a un propietario moroso, necesita una base legítima para tratar sus datos con ese propósito: por regla general, la autorización del titular. Esa autorización suele obtenerse en el reglamento, en documentos de la copropiedad o en formatos firmados por el propietario, y debe ser previa, expresa e informada.

Además de la autorización, la ley exige un requisito de garantía fundamental: el aviso previo. Antes de reportar negativamente a una persona ante una central de riesgo, se le debe comunicar de esa intención con la debida antelación (al menos veinte días calendario antes, según la ley de habeas data), indicando el hecho del incumplimiento, para que el afectado pueda pagar, controvertir o ponerse al día. Reportar sin este aviso previo, sin autorización o con información inexacta expone a la copropiedad a reclamaciones y a la orden de retirar el dato.

El reporte también está sujeto a los principios de veracidad, finalidad y temporalidad: la información debe ser cierta y actualizada, usarse solo para el fin autorizado y permanecer en la central por los plazos que fija la ley. Cuando el propietario paga o se pone al día, tiene derecho a que el reporte negativo se actualice y, cumplidos los términos legales, a que caduque. Si el dato es erróneo o se mantuvo indebidamente, el titular puede presentar reclamos ante la copropiedad, la central de riesgo y, en última instancia, la Superintendencia de Industria y Comercio.

En resumen: el reporte es jurídicamente posible como mecanismo de presión frente a la mora, pero no es automático ni libre. Sin autorización para el tratamiento de datos y sin el aviso previo, la copropiedad no puede reportar válidamente. Por eso, muchas administraciones combinan el cobro persuasivo y el proceso ejecutivo, que es su herramienta legal más directa, con el reporte a centrales solo cuando cuentan con el respaldo documental necesario.

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