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📚 Glosario · Ley 675

Asamblea general de copropietarios

Máximo órgano de dirección de la copropiedad; reúne a los propietarios para tomar las decisiones importantes.

La asamblea general de propietarios es el órgano de mayor autoridad en la propiedad horizontal. Aprueba el presupuesto, elige al consejo y al revisor fiscal, aprueba cuotas extraordinarias y define las políticas generales.

Sesiona de forma ordinaria al menos una vez al año y de forma extraordinaria cuando se requiere. Sus decisiones se toman con el quórum y las mayorías que fija la ley y el reglamento, y quedan en un acta.

Dónde lo dice la ley

Asamblea general de copropietarios en la práctica

Entender el concepto de asamblea general de copropietarios es el primer paso; el reto está en aplicarlo bien en el día a día de la copropiedad. Ahí es donde una plataforma de administración marca la diferencia: convierte la teoría de la Ley 675 en procesos concretos, con soportes, trazabilidad y comunicación clara hacia los residentes.

Con HolaJuntos, la administración lleva la cartera unidad por unidad, prepara las asambleas con quórum y actas, atiende las PQRS con tiempos de respuesta y comunica a todos los residentes desde un solo lugar —además de Mateo, el asistente por WhatsApp que resuelve las dudas más comunes por los canales habilitados. Así conceptos como el de asamblea general de copropietarios dejan de ser letra muerta y se vuelven parte del funcionamiento cotidiano del conjunto.

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