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📚 Glosario · Ley 675

Consejo de administración

Órgano colegiado que orienta y vigila la gestión del administrador entre asambleas.

El consejo de administración es un cuerpo elegido por la asamblea que toma decisiones de orientación y vigila la labor del administrador. Es obligatorio en copropiedades de uso residencial con más de 30 bienes privados.

No administra el día a día (eso corresponde al administrador), sino que decide, aprueba y controla en representación de los copropietarios.

Dónde lo dice la ley

Consejo de administración en la práctica

Entender el concepto de consejo de administración es el primer paso; el reto está en aplicarlo bien en el día a día de la copropiedad. Ahí es donde una plataforma de administración marca la diferencia: convierte la teoría de la Ley 675 en procesos concretos, con soportes, trazabilidad y comunicación clara hacia los residentes.

Con HolaJuntos, la administración lleva la cartera unidad por unidad, prepara las asambleas con quórum y actas, atiende las PQRS con tiempos de respuesta y comunica a todos los residentes desde un solo lugar —además de Mateo, el asistente por WhatsApp que resuelve las dudas más comunes por los canales habilitados. Así conceptos como el de consejo de administración dejan de ser letra muerta y se vuelven parte del funcionamiento cotidiano del conjunto.

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Guías prácticas para administrar tu conjunto o edificio conforme a la Ley 675:

Consejo de administración es más fácil de gestionar con HolaJuntos.

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