Comité de convivencia
Órgano que busca resolver los conflictos entre residentes mediante la conciliación, no la sanción.
El comité de convivencia es un grupo de residentes cuya función es intentar solucionar, por la vía del diálogo y la conciliación, los conflictos que surgen entre copropietarios o por el uso de los bienes comunes.
Presenta fórmulas de arreglo, pero no impone sanciones: esa facultad corresponde a los órganos y procedimientos que fije el reglamento.
Dónde lo dice la ley
Comité de convivencia en la práctica
Entender el concepto de comité de convivencia es el primer paso; el reto está en aplicarlo bien en el día a día de la copropiedad. Ahí es donde una plataforma de administración marca la diferencia: convierte la teoría de la Ley 675 en procesos concretos, con soportes, trazabilidad y comunicación clara hacia los residentes.
Con HolaJuntos, la administración lleva la cartera unidad por unidad, prepara las asambleas con quórum y actas, atiende las PQRS con tiempos de respuesta y comunica a todos los residentes desde un solo lugar —además de Mateo, el asistente por WhatsApp que resuelve las dudas más comunes por los canales habilitados. Así conceptos como el de comité de convivencia dejan de ser letra muerta y se vuelven parte del funcionamiento cotidiano del conjunto.
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